Mediante
la siguiente página usted podrá reservar el nombre para sus productos por el
término de 15 días.
No se puede asignar nombre en
blanco.
Artículo 44º del Reglamento
No serán aceptados los siguientes nombres:
- Los de ejemplares que hayan tenido actuación descollante en las pistas o en
la producción.
- Los que figuren en la Lista Internacional de Nombres Protegidos.
- Los de padrillos registrados como tales en el Stud Book Argentino.
- Los que se compongan de más de veinte letras o consten de más de cuatro palabras.
- Los que por diferencias ortográficas o fonéticas pudieran dar lugar a confusión
con los de otros animales inscriptos.
- Los que afecten creencias religiosas o hieran sentimientos patrióticos nacionales
o extranjeros.
- Los de caballos exportados, hasta transcurrido un lapso no inferior a tres
años de su salida del país.
- Los que se consideren obscenos o vulgares, o lleven implícita tal sugerencia.
- Los que representen números cardinales.
- Los que estén acompañados o precedidos por signos de admiración o Interrogación,
cuando los mismos impidan su fácil diferenciación.
- Los que sean susceptibles de considerarse como propaganda.
- Los correspondientes a caballerizas, Haras y Estaciones de Montas registrados.